¿Quiénes están obligados a otorgar la información?


De acuerdo a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y sus Municipios, los “sujetos obligados” para otorgar la información generada, poseída o administrada por el Ayuntamiento, son:


  • Contraloría Municipal.
  • Coordinación de Administración.
  • Coordinación de Asuntos Indígenas.
  • Coordinación de Bienestar Animal.
  • Coordinación de Bomberos.
  • Coordinación de Catastro.
  • Coordinación de Comunicación Social.
  • Coordinación de Ecología.
  • Coordinación de Educación.
  • Coordinación de Fomento Agropecuario y Rural.
  • Coordinación de Ingresos.
  • Coordinación de la Juventud.
  • Coordinación de Mejora Regulatoria.
  • Coordinación de Movilidad.
  • Coordinación de Ordenamiento Comercial.
  • Coordinación de Protección Civil.
  • Coordinación de Turismo.
  • Coordinación del Instituto de la Mujer.
  • Defensoría de Derechos Humanos.
  • DIF Municipal.
  • Dirección de Desarrollo Económico.
  • Dirección de Desarrollo Urbano.
  • Dirección de Obras Públicas.
  • Dirección de Seguridad Pública, Protección Civil, Bomberos y Movilidad.
  • Dirección de Servicios Públicos.
  • Dirección del Bienestar.
  • IMCUFIDE.
  • Oficialía Calificadora.
  • Oficialía del Registro Civil 01.
  • Oficialía del Registro Civil 02.
  • Oficialía Mediadora y Conciliadora I.
  • Oficialía Mediadora y Conciliadora II.
  • Oficina de Enlace de Villa de Colorines.
  • OPDAPAS.
  • Presidencia Municipal.
  • Secretaría del Ayuntamiento.
  • Secretaría Particular.
  • Subdirección General de Opdapas.
  • Tesorería Municipal.
  • Unidad de Información, Planeación, Programación y Evaluacion.
  • Unidad Jurídica Consultiva.
  • Unidad de Transparencia y Acceso a la Información Pública Municipal.

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